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Por la cual se establece el mecanismo para que los prestadores de servicios de salud, efectúen los reportes de las atenciones brindadas a víctimas de accidentes de tránsito, así como la realización de auditorías in situ, con el fin de verificar los requisitos de habilitación y los servicios prestados. Dichos reportes deberán hacerse dentro de las 24 horas siguientes al inicio de la atención, a través del sistema de información que para el efecto dispondrán las aseguradoras del ramo SOAT, la atención no debe estar sujeta a dicho reporte y este no debe entenderse como una solicitud de autorización.
Por medio de la cual se modifican las fechas para la presentación del reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección Específica, Detección Temprana y la aplicación de las Guías de Atención Integral para las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio cumplimiento.
Por medio de la cual se adopta el Modelo de Atención en Salud para la población privada de la libertad bajo la custodia y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC
Por medio de la cual se establece el mecanismo, plazos y reglas a que deberán sujetarse las Entidades Promotoras de Salud — EPS para reportar a este Ministerio la información de los valores a girar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud — IPS, correspondientes a Unidades de Pago por Capitación — UPC del Régimen Subsidiado, así como para que las IPS registren las cuentas bancarias a las cuales se girarán directamente los referidos valores.
Por la cual hace unas modificaciones a la Resolución 5159 de 2015, donde incluye como destinatario a las EPS, teniendo en cuenta que las personas privadas de la libertad, ya podrán seguir afiliadas al régimen contributivo, al régimen subsidiado o permanecer en regímenes especiales o exceptuados e incluso tener planes voluntarios de salud.
Por medio de la cual se establece el procedimiento y términos para el trámite de las reclamaciones, con cargo a la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECAT) del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA).
Por la cual se declara el medicamento Glivec (Imatinib) como de interés público, y por ende sometido a control por parte de la Comisión de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Por la cual se prorroga por doce meses más, la emergencia sanitaria declarada en el año 2014, por la falta de antivenenos para tratar los casos de envenenamiento por mordeduras de serpiente. Con la ampliación de la medida de emergencia, se pretende lograr el abastecimiento de los sueros antiofídicos y normalizar el suministro en el país.